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COMUNICADO DE LA CONGREGACIÓN
PARA LAS CAUSAS DE LOS SANTOS
Teniendo en cuenta las conclusiones del estudio de las razones teológicas y de
las exigencias pastorales relativas a los ritos de beatificación y
canonización, aprobadas por el Sumo Pontífice Benedicto XVI, esta Congregación
para las causas de los santos da a conocer las siguientes
nuevas disposiciones:
1. Quedando a salvo que la canonización, que atribuye al beato el culto en toda
la Iglesia, será presidida por el Sumo Pontífice, la beatificación, que sigue
siendo acto pontificio, será celebrada por un representante del Santo Padre, que
por lo general será el prefecto de la Congregación para las causas de los
santos.
2. El rito de beatificación se realizará en la diócesis que ha promovido la
causa del nuevo beato o en otra localidad que se considere idónea.
3. A petición de los obispos y de los promotores de la causa, teniendo en cuenta
el parecer de la Secretaría de Estado, el rito de beatificación podrá realizarse
en Roma.
4. Ese rito se realizará durante la celebración eucarística, salvo que por
razones litúrgicas particulares convenga realizarlo durante la celebración de la
Palabra o de la liturgia de las Horas.
Ciudad del Vaticano, 29 de septiembre de 2005
Card. José SARAIVA MARTINS
Prefecto
Mons. Edward NOWAK
Secretario
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